Calidad en las estadísticas

El concepto de la “calidad de las estadísticas” ha evolucionado mucho en las últimas décadas.  Tradicionalmente, este concepto se enfocaba en nociones específicas de precisión y ausencia de sesgos.  Sin embargo, en las últimas décadas ha existido un movimiento entre los Institutos y Oficinas Nacionales de Estadísticas del mundo que promueve una definición más amplia de la calidad de las estadísticas, en la cual las necesidades del usuario son la figura central. 
 

En específico, para este movimiento, la calidad de las estadísticas no sólo depende de la precisión o ausencia de sesgos, sino de la congruencia entre las características de éstas y las necesidades de los usuarios.  Por ejemplo, en Estados Unidos, se aprobó el Information Quality Act (Public Law 106‐554), a través del cual el gobierno estableció una serie de criterios que definen el concepto de calidad de la información estadística. Entre ellos, se destaca que las estadísticas de las agencias sean “útiles” en términos de llenar las necesidades de los usuarios. La Oficina de Estadísticas de Europa, Eurostat, aprobó los criterios que definen las estadísticas producidas por todos los países miembros de la Comunidad Europea, incluyendo como ejemplo que las estadísticas sean “oportunas”, en el sentido de que sean divulgadas lo suficientemente rápido para poder ser usadas por los usuarios para la toma de decisiones.
 

Puerto Rico se ha unido a este movimiento con la creación del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.  El Instituto busca hacer realidad que Puerto Rico cuente con estadísticas de calidad mundial.  Para esto, utiliza su Reglamento de Criterios de Calidad de las Estadísticas, aprobado en agosto 2008, el cual está disponible aquí.   En este Reglamento se establecen los criterios que definen el concepto de calidad que promovemos para las estadísticas producidas por el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico:
 

  1. Las estadísticas completas son:
    1. útiles: El nivel de provecho que los distintos tipos de usuarios previstos pueden sacarle; 
    2. pertinentes: El grado al cual la cobertura y contenido satisfacen las necesidades de los usuarios actuales y potenciales;
    3. comparables: El grado al cual las diferencias entre estadísticas a través del tiempo, área geográfica u otros dominios pueden ser atribuidas a diferencias entre los verdaderos valores del concepto estadístico.
  2. Las estadísticas confiables tienen las siguientes características:
    1. acuracidad: La proximidad entre el valor estimado y el valor verdadero (desconocido).  Incluye el error de muestreo (precisión) y el error ajeno al muestreo (sesgo).  Este último incluye error de cobertura, error de no respuesta, error de medición, error de procesamiento y error en los supuestos del modelo;
    2. objetividad: La ausencia de sesgos en su presentación;
    3. coherencia: La adecuacidad de las estadísticas a ser confiablemente combinadas en distintas formas y para varios propósitos;
    4. integridad: La protección contra la revisión no-autorizada de datos.
  3. Las estadísticas rápidamente accesibles son:
    1. puntuales: La falta de rezago en tiempo entre la fecha real de publicación y la fecha planificada de publicación; y
    2. oportunas: La brevedad en tiempo entre la fecha real de publicación y la fecha del evento o fenómeno que la estadística describe.
  4. Las estadísticas universalmente accesibles son:
    1. fáciles de acceder: Las condiciones físicas bajo las cuales los usuarios obtienen las estadísticas son fáciles y claras, como por ejemplo fácil de buscar, de ordenar, con políticas de precios claros, con datos micro y macro, disponibles en una variedad de formatos de distribución, entre otros; y
    2. bien documentadas: La disponibilidad de metadata completa, precisa, con elementos verificables y fácil de entender sobre los procesos usados para obtener y procesar los datos, incluyendo una descripción de las fuentes de cualquier error que pueda afectar la calidad de los mismos.

Mediante la Resolución Núm. 2016-02, la Junta de Directores del Instituto de Estadísticas requirió que todas las entidades gubernamentales apliquen el Reglamento de Criterios de Calidad de las Estadísticas del Instituto, aprobado en agosto de 2008.

Proceso de Acreditación de calidad


Por Ley, el Instituto tiene el deber ministerial de establecer los criterios de calidad para los sistemas de recopilación de datos y estadísticas en las agencias gubernamentales, índices de desempeño, grado de confiabilidad de la información, adecuacidad y vigencia de los indicadores conforme con las necesidades de nuestro pueblo y los requerimientos de la economía moderna (Art 5(a) de la Ley 209-2003, según enmendada).  Por otro lado, el Instituto tiene el deber de velar por el cumplimiento de los criterios de calidad.
 

Para esto, el Instituto ha iniciado un proceso dirigido a acreditar aquellos productos estadísticos que están en cumplimiento con los criterios de calidad, descritos en la sección anterior.  El proceso consiste de varias fases.  Hasta el momento, el Instituto ha iniciado las siguientes:
 

Fase I: Registro en el Inventario de Estadísticas de Puerto Rico

Consiste en registrar el producto estadístico preparado por la entidad (pública o privada) en el Inventario de Estadísticas de Puerto Rico.  Para incorporar un producto estadístico al Inventario, la entidad debe completar y enviar al Instituto el Formulario para el Inventario de Estadísticas de Puerto Rico.
 

Fase II: Pre acreditación de productos estadísticos

Los productos estadísticos se evalúan utilizando 8 criterios básicos, que se detallan la Carta Normativa Núm. 2011-01.  Estos criterios aplican a todo tipo de producto estadístico de todo tipo de temática, y obedecen primordialmente a unas buenas prácticas mínimas en la divulgación del producto estadístico:

  1. Inscripción en el Inventario de Estadísticas
  2. Información de contacto de persona responsable de los informes del producto estadístico
  3. Fecha de publicación en informes del producto estadístico
  4. Fechas esperadas de publicación en informes del producto estadístico
  5. Información sobre cómo se puede obtener los informes del producto estadístico
  6. Información sobre fuentes de información utilizadas en los informes del producto estadístico
  7. Marco legal o administrativo en los informes del producto estadístico
  8. Acceso por internet a los informes del producto estadístico
     

Aquellos productos estadísticos que cumplan con los 8 criterios cumplen con la Fase II y obtienen el distintivo de tener su calidad pre acreditada por el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.  Esto se reconoce en el Inventario de Estadísticas.  Aquellos productos estadísticos que obtuvieron la pre acreditación aparecen listadas en el Inventario de Estadísticas junto al símbolo:

Pre-acreditado

De esa manera, las entidades dan constancia de su cumplimiento con estas 8 buenas prácticas mínimas de cualquier divulgación estadística exitosa.   

Los criterios 2 al 7 requieren que se incluya información específica en los informes del producto estadístico.  Para facilitar el cumplimiento con estos criterios, hemos preparado una planilla de la información requerida en las publicaciones de cada producto estadístico: ver última página de la Carta Normativa Núm. 2011-01.

Para obtener la pre acreditación, las entidades solo necesitan someter evidencia del cumplimiento de los 8 criterios en cualquier momento al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico por correo electrónico a: inventario@estadisticas.pr.

Plan de trabajo interagencial para mejorar calidad de las estadísticas (Ley 154‐2015)


La Ley Núm. 154-2015 además ordenó el establecimiento de un plan de trabajo interagencial entre la entidad productora y el Instituto para mejorar la calidad de las estadísticas que produce la entidad, a los efectos de asegurar que las mismas sean confiables, veraces y coherentes.  Este Plan de trabajo tiene la intención de facilitar la coordinación de esfuerzos de apoyo que se requerirán de parte del Instituto de Estadísticas o de parte de otras entidades para la exitosa implantación del plan.  La Carta Normativa Núm. 2016-01 provee una plantilla para el Plan de trabajo interagencial.  Luego de completada la plantilla, la entidad puede remitir la misma a inventario@estadisticas.pr.

Documentos de referencia


Ley Núm. 209-2003, según enmendada (Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico
Ley Núm. 154-2015 (Enmienda a la Ley del Instituto)
Reglamento de los criterios de calidad de las estadísticas
Resolución Núm. 2016-02 Obligatoriedad del proceso de acreditación de calidad de las Estadísticas
Carta Normativa Núm. 2011-01 (Normas para la pre-acreditación de informes estadísticos)
Carta Normativa Núm. 2016-01 (Notificación de aprobación de Ley Núm. 154-2015)
Formulario para el Inventario de Estadísticas de Puerto Rico