Informes trimestrales sobre reembolsos de pagos y medicamentos denegados
Artículo 9.- Todo PBM, PBA o entidad afín estará obligada a someter al Comisionado Regulador, informes trimestrales en los cuales consignará, de la manera proscrita por el Comisionado Regulador mediante reglamento, y tomando las precauciones necesarias para proteger la identidad de los asegurados, el número total de los reembolsos de pagos y medicamentos denegados, la justificación para dicha determinación y cualquier información adicional pertinente que se establezca mediante reglamento. Además, incluirán la información de todas las reclamaciones que se encuentren en proceso de apelación. Los plazos trimestrales para la radicación de los informes exigidos en este Artículo comenzarán a discurrir noventa (90) días calendario a partir del térmno establecido en el Artículo 23 de esta Ley. Para dicho término, el Comisionado Regulador deberá tener disponible los formularios necesarios para recopilar la información requerida en los informes. Estos formularios se remitirán a todos los obligados a rendir dichos informes. La dilación o inacción del Comisionado Regulador en cuanto a la preparación, tanto de reglamentación como de los formularios para requerir la información, no será, sin embargo, justificación para que los PBMs, PBAs o entidades afines obligadas a rendir estos informes, no provean la información requerida a partir del primer trimestre. El Comisionado Regulador será responsable de mantener en su página cibernética, todos los informes que en cumplimento de este Artículo sean sometidos, así como los nombre de aquellos PBMs, PBAs o entidades afines que no provean, en el plazo requerido, la información correspondiente.
Informes trimestrales de la parte de todo PBM, PBA o entidad afín sobre reembolsos de pagos y medicamentos denegados, la justificación para dicha determinación, cualquier información adicional pertinente e información de todas las reclamaciones que se encuentren en proceso de apelación, y los nombre de aquellos PBMs, PBAs o entidades afines que no provean, en el plazo requerido, la información correspondiente.