Estadísticas del registro de licencia de armeros

Policía de Puerto Rico (PPR)
Descripción

El Departamento de Hacienda, a traves del Negociado de Impuestos al Consumo, le solicita a la Policía de Puerto Rico, mediante comunicación, una inspección de las armerías con fecha de renovación. Esta solicitud debe radicarse con treinta (30) días de antelación a la fecha de vencimiento. Las licencias de armeros estan sujetas a la aprobación y certificación de la Policía, previa inspección, sobre las medidas de seguridad exigidas en la edificación donde esté ubicado el establecimiento. Esto incluye locales para armerías nuevas. Ademas, la Policía realiza a través de la División de Inspección de Armerías una inspección trimestral con el propósito de corroborar que las medidad de seguridad en dicha localidades funcionando, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Armas. Esta información se remite al Departamento de Hacienda. 

Objetivo
Segun el Artículo 2.08, de la Ley 404-2000, conocida como Ley de Armas de Puerto Rico, ninguna persona puede dedicarse al negocio de armero o comerciante en armas de fuego y municiones, sin poseer una licencia de armero expedida por el Secretario del Departamento de Hacienda. Dichas licencias venceran a partir de un (1) año desde la fecha de su expedicion y estaran nuevamente sujetas a las formalidades y requisitos de solicitud de esta Ley.
Población de referencia
Armerías
Variables Principales

Renovaciones, solicitudes nuevas.


Frecuencia de divulgación del informe
Otro
Contacto
Sgto. Nelson O. Sotelo Morales
Puesto
Director, Division de Investigaciones de Licencia de Armas e Inspecciones de Armerías
Teléfono
Email
NOSotelo@policia.pr.gov

Publicaciones

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