Dinero y cuentas
…
El Secretario de Hacienda, mediante consulta con la Compañía, establecerá el sistema de contabilidad que se requiera para los adecuados controles y registros estadísticos de todos los gastos e ingresos pertenecientes a, o administrados o controlados por la Compañía. El citado Secretario requerirá que las cuentas de la Compañía se lleven en tal forma que apropiadamente puedan segregarse hasta donde sea aconsejable las cuentas en relación con las diferentes clases de actividades de la Compañía. El Contralor de Puerto Rico, o su representante, examinará de tiempo en tiempo, por no menos de una vez al año, las cuentas y los libros de la Compañía, incluyendo sus préstamos, ingresos, desembolsos, contratos, arrendamientos, fondos en acumulación, inversiones y cualesquiera otras materias que se relacionen con su situación económica, e informará respecto a las mismas al Gobernador, a la Junta de Directores de la Compañía y a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico.
Controles y registros estadísticos de todos los gastos e ingresos pertenecientes a, o administrados o controlados por la Compañía