Creación; propósito
Se crea en el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos un negociado que se conocerá como Negociado de Servicios a Uniones Obreras el cual desempeñará y prestará las siguientes funciones y servicios previa solicitud de las uniones obreras:
(6) A tono con las decisiones tomadas por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, proveer ayuda económica a uniones obreras, a base de pareo de fondos, para fines de educación sindical, viajes al exterior con el propósito de intercambiar experiencias que mejoren el funcionamiento de las organizaciones obreras de Puerto Rico, instrumentación e [implantación] de planes de bienestar, de seguros y de información y relaciones públicas, así como para realizar estudios estadísticos, económicos y actuariales encaminados a aumentar el poder de regateo de las organizaciones obreras en la mesa de negociación colectiva. Esta asistencia económica se proveerá siguiendo las recomendaciones de la Junta Consultiva para Extender Ayuda Económica a las Uniones Obreras y las decisiones que tome el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos a la luz de esas recomendaciones.
Proveer ayuda a las uniones obreras para realizar estudios estadísticos, económicos y actuariales encaminados a aumentar el poder de regateo de las organizaciones obreras en la mesa de negociación