Agencia
Disposición Legal
La política pública deberá ser desarrollada por el Departamento de Salud con la colaboración, asesoría y aprobación del [Comité Interagencial de Política Pública sobre la Población con Trastornos de la Condición de Autismo]. La política pública establecerá procesos que permitan: (b) Levantar estadísticas sobre la población con trastornos de la condición de Autismo, sus necesidades, los servicios prestados por las agencias y los puntos de atención que no están siendo atendidos.
Cita Legal
24 LPRA 3553
Tipo de información
Estadísticas sobre la población con trastornos de la condición de Autismo, sus necesidades, los servicios prestados por las agencias y los puntos de atención que no están siendo atendidos.
Funcionario Institucional
Secretario de Salud
Funcionario o Programa Delegado
Departamento de Salud<br />Comité Interagencial de Política Pública sobre la Población con Trastornos de la Condición de Autismo