Neumáticos - Manejo adecuado - Poderes y funciones
(a) Autoridad de Desperdicios Sólidos.—
(3) Llevará a cabo procedimientos de investigación a los fines de estimular la creación de mercados que utilicen los neumáticos desechados como materia prima.
(b) Junta de Calidad Ambiental.—
(6) Mantendrá un listado actualizado de los importadores, almacenadores, transportistas, procesadores, recicladores, exportadores e instalaciones de uso final que tengan los permisos o licencias vigentes. Se dispone que la Junta compartirá con la Autoridad la información que recopile. La misma estará disponible al público y en su página de Internet.
(c) Municipios.—
(2) Prepararán, dentro de los seis (6) meses de la entrada en vigor de esta ley y posteriormente cada seis (6) meses, un listado de almacenadores de neumáticos que estén dentro de sus límites territoriales y la someterán a la Junta.
(1)Procedimientos de investigación y desarrollo a fin de desarrollar mercados que utilicen los neumáticos desechados como materia prima.
(2) Reporte sobre el manejo de neumáticos desechados en Puerto Rico.
(3) Lista actualizada de los almacenadores, transportistas, procesadores, exportadores e instalaciones de uso final que tengan los permisos o autorizaciones vigentes
(4) Lista de almacenadores de neumáticos que estén dentro de sus límites territoriales y la someterán a la Junta.