Agencia
Disposición Legal
Cuerpo de Emergencias Médicas - Funciones del Director (e) Llevar un registro en que se hagan constar todas las emergencias atendidas y los hechos relacionados con las mismas, incluyendo estadísticas sobre la extensión de dichas emergencias. Dicho registro se nutrirá de los informes que rindan los encargados de cada región. Los informes antes mencionados serán documentos públicos, salvo aquellos regulados por la Ley Health Insurance Portability and Accountability Act (HIPPA) of 1996, (Public Law 104-191).
Cita Legal
24 LPRA 3675
Tipo de información
Emergencias atendidas y los hechos relacionados con las mismas, incluyendo estadísticas sobre la extensión de dichas emergencias.
Publicidad
Informes serán documentos públicos, salvo aquéllos regulados por la Ley HIPAA
Funcionario Institucional
Cuerpo de Emergencias de Puerto Rico
Funcionario o Programa Delegado
Director Ejecutivo