Funciones y deberes de la Oficina
La Oficina tendrá los siguientes deberes y funciones, además de otros dispuestos en este capítulo:
(a) Realizar y fomentar estudios e investigaciones, así como recopilar y analizar estadísticas sobre la situación de las personas de edad avanzada, analizar los factores que afecten los derechos de las personas de edad avanzada en todas las esferas de su vida social, política, económica, educativa, cultural y civil, así como el acceso de participación en materia de educación y capacitación, la salud, el empleo, la autogestión, el desarrollo económico y, en general, en el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, sociales y culturales, incluyendo la participación en la toma de decisiones a todo nivel, entre otros.
(h) Estudiar y analizar los convenios, normas y directrices internacionales respecto a los derechos de las personas de edad avanzada e investigar planteamientos de controversias concretas en cuanto arrojen luz sobre problemas de importancia general, y recomendar remedios dirigidos a garantizar la participación de las personas de edad avanzada en todas las esferas de la vida social, educativa, recreativa, política, económica y cultural.
(k) Mantener actualizado un catálogo o manual sobre todos los programas, beneficios, servicios, actividades y facilidades disponibles para las personas de edad avanzada, tanto en las agencias públicas como en entidades privadas sin fines de lucro, mediante vía electrónica y/o impresa. Tal catálogo deberá incluir y comprender una síntesis con su cita de las leyes estatales y federales, reglamentos, órdenes, normas relevantes a los servicios y programas para la población de edad avanzada.
A los fines de este inciso, la Oficina cobrará un precio razonable a cualquier ciudadano, que no sea de edad avanzada, que solicite copia de este catálogo o manual impreso. Dicho precio se fijará con el único propósito de recuperar los gastos incurridos en la reproducción de tal manual o catálogo.
(1) Estudios e investigaciones, así como recopilar y analizar estadísticas sobre la situación de las personas de edad avanzada, analizar los factores que afecten los derechos de las personas de edad avanzada en todas las esferas de su vida social, política, económica, educativa, cultural y civil, así como el acceso de participación en materia de educación y capacitación, la salud, el empleo, la autogestión, el desarrollo económico y, en general, en el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, sociales y culturales, incluyendo la participación en la toma de decisiones a todo nivel, entre otros
(2) Estudiar y analizar los convenios, normas y directrices internacionales respecto a los derechos de las personas de edad avanzada e investigar planteamientos de controversias concretas en cuanto arrojen luz sobre problemas de importancia general, y recomendar remedios dirigidos a garantizar la participación de las personas de edad avanzada en todas las esferas de la vida social, educativa, recreativa, política, económica y cultural.
(3) Mantener actualizado un catálogo o manual sobre todos los programas, beneficios, servicios, actividades y facilidades disponibles para las personas de edad avanzada, tanto en las agencias públicas como en entidades privadas sin fines de lucro, mediante vía electrónica y/o impresa. Tal catálogo deberá incluir y comprender una síntesis con su cita de las leyes estatales y federales, reglamentos, órdenes, normas relevantes a los servicios y programas para la población de edad avanzada.