Ley Núm. 103 de 25 de mayo de 2006
Disposición Legal
Toda agencia que reciba asignaciones de recursos del Fondo General, deberá someter una certificación firmada en conjunto por el jefe de la agencia y por el director de finanzas, la cual estará debidamente juramentada por ambos. Esta certificación deberá contener, entre otras cosas, la siguiente información:
a) El número de puestos ocupados, por categoría, a principio y a final del año fiscal, incluyendo la cuantía total de la nómina.
b) Una relación de los servicios profesionales y consultivos recibidos durante el año fiscal, incluyendo la cuantía de los mismos.
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