Ley Núm. 88 de 9 de julio de 1986
Especialista en Relaciones de Familia
El Especialista en Relaciones de Familia será el trabajador social designado para intervenir en asuntos de menores, quien ejercerá las siguientes funciones:
(7) Llevará récord de los servicios y de las entrevistas celebradas durante el proceso de investigación y preparará un resumen conciso de los hechos para los organismos a los cuales refiere asuntos, así como también todos aquellos formularios, estadísticas, tarjeteros y demás información que fuere necesaria para el mejor funcionamiento del tribunal.