Ley Núm. 103 de 4 de agosto de 2007
Aportación del Gobierno de Puerto Rico
El Gobierno de Puerto Rico, a través de sus agencias, departamentos, oficinas, instrumentalidades públicas y demás entidades gubernamentales, concernidas en este esfuerzo:
(1) Realizará los planes, análisis y estudios en consecución de la política pública establecida en este capítulo y el desarrollo de un plan estratégico e integral;
(2) someterá al Instituto para sus comentarios y recomendaciones los planes, análisis y estudios ordenados a tenor con este capítulo;