Reglamentos

2 de julio de 2018

Establece normas específicas que, en atención a lo dispuesto en la Ley 209-2003 y en conjunto con lo dispuesto en esa Ley y en otros reglamentos del Instituto, regirán la operación y funcionamiento de esta entidad pública. Entre los asuntos que son objeto de este Reglamento se destacan las normas y el proceso que regirá para atender reclamos de confidencialidad que hagan personas a quienes el Instituto dirige solicitudes o requerimientos de información; requisitos de cualificación académica y profesional para empleados y funcionarios del Instituto; y la creación de comités o grupos de trabajo de la Junta de Directores para facilitar y agilizar las encomiendas y trabajos de ese cuerpo rector del Instituto.

27 de mayo de 2018

La Junta de Directores del Instituto de Estadísticas aprobó la publicacion de un borrador de Reglamento con el proposito de interpretar varias disposiciones de la Ley del Instituto de Estadísticas, cubriendo una diversidad de temas incluyendo el proceso para atender los reclamos de confidencialidad que recibe el Instituto cuando solicita informacion, los requisitos educativos y de experiencia de los empleados, contratistas y funcionarios del Instituto, la creacion de varios Comites de la Junta de Directores, y el manejo de los recaudos por imposición de multas.

 

Este Reglamento estará disponible para comentario publico, a partir del lunes 28 de mayo, durante 30 dias calendarios.  Se les invita a proveer sus comentarios para consideración de la Junta de Directores, enviando los mismos a reglamentos@estadisticas.pr.  

8 de julio de 2016
La Ley Núm. 2009-2003 autoriza a la Dirección Ejecutiva del Instituto a tomar las acciones que sean necesarias o convenientes para viabilizar que estudiantes o egresados de programas graduados de estadísticas o ciencias relacionadas de las universidades del país, se incorporen al Instituto para que colaboren ad honorem con los trabajos y estudios del Instituto, del Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y del sistema estadístico en general. A través de este Programa de Internados se le provee a estudiantes o egresados universitarios cualificados la oportunidad de conocer el funcionamiento del Instituto a través de estudios, investigaciones, y la participación en las diversas áreas de competencia
21 de diciembre de 2015
Reglamento del Instituto de Estadísticas para la Educación Continua de los Nominados por el Gobernador a Puestos en la Rama Ejecutiva, de los Candidatos a Certificados a Puestos Electivos, y Candidatos Electos Mediante la Ley Núm.112?2015 se enmendó la Ley Orgánica del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Ley Núm. 209?2003) con el fin de disponer que todo candidato certificado por la Comisión Estatal de Elecciones para participar en una elección general o especial, candidato electo en una elección general, elección especial o método alterno de selección y certificada por la Comisión Estatal de Elecciones, y todo nominado por el Gobernador para ocupar un puesto o cargo que requiera la confirmación del Senado o de la Asamblea Legislativa, tienen el deber legal de participar en un proceso de educación continua sobre los sistemas de recopilación de datos y estadísticas, y la política pública establecida en la citada Ley Núm. 209.
4 de septiembre de 2015
Establece un programa de reclutamiento y selección para el Servicio de Carrera estructurado sobre la base del mérito para asegurar que sean los más capacitados los que sirvan al Instituto.
18 de junio de 2014
Reglamento para la metodología a ser utilizada para la realización de la Encuesta de Viajeros del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
19 de julio de 2011
Establece y regula los procesos de evaluación y auditorias de cumplimiento que llevará a cabo el Instituto de Estadisticas de Puerto Rico.
19 de julio de 2011
Establece y regula los procedimientos para la imposición de sanciones por el Instituto de Estadisticas de Puerto Rico
18 de mayo de 2010
Establece las normas, reglas, controles y procedimientos que seguirá el Instituto para solicitar, recibir y aceptar fondos, donaciones federales, estatales, privadas o de cualquier otra índole, incluyendo legados hereditarios.
9 de enero de 2009
Establece el procedimiento aplicable a los Requerimientos de Informacion que emita el Instituto, incluyendo las disposiciones que garantizan los derechos de la parte peticionada en las etapas de la Orden de Requerimiento de Informacion y que regulan la adjudicación del recurso que se presente ante la Junta de Directores del Instituto objetando una Orden de Requerimiento de Información, de tal manera que se asegure el cumplimiento con la política pública establecida en la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según enmendada, a los efectos de que las entidades gubernamentales y la ciudadanía en general cuente con un sistema de información que se caracterice por la transparencia en los métodos utilizados, la periodicidad en la publicación y la accesibilidad de los datos.
8 de agosto de 2008
Establece los criterios de calidad de las estadísticas que se usarán para acreditar la calidad de las estadísticas de las entidades gubernamentales, según dispuesto en el artículo 5(a) de la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según enmendada.
7 de marzo de 2008
Establece el proceso para cumplir con la política pública del desglose por género en la tabulación y la divulgación de los datos estadísticos que recogen y publican los departamentos, agencias y otras entidades gubernamentales, según dispone la Ley Núm. 190 de 13 de diciembre de 2007.
1 de febrero de 2008
Establece las disposiciones que regirán el funcionamiento eficiente y efectivo del Comité de Coordinación de Estadísticas. Se establece además la composición y dirección ejecutiva; los requisitos para ser designado(a) y el proceso para descalificación y separación como integrante del referido Comité; las responsabilidades y deberes de sus integrantes y de la jefatura de las entidades gubernamentales; las reuniones de trabajo; y la autoridad para constituir grupos de trabajo.
6 de diciembre de 2007
Establece el procedimiento que seguirá el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para solicitar, aprobar y comprar materiales, equipo y servicios mediante subasta formal.
6 de diciembre de 2007
Establece el procedimiento que seguirá internamente el Instituto para solicitar, aprobar y comprar materiales, equipo y servicios no profesionales de acuerdo a los principios de economía y eficiencia que deben caracterizar la administración gubernamental. Además, señala las normas a seguir en toda subasta informal de bienes o servicios que efectué el Instituto.
20 de noviembre de 2007
Establece las normas y procedimientos generales a seguir por el Instituto en la contratación de servicios profesionales o consultivos.