Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez
La Administración velará por que toda organización pública y privada que ofrezca servicios de cuidado y desarrollo de la niñez y que reciba fondos o préstamos federales y estatales del Programa para el Cuidado y Desarrollo del Niño, garantice, sujeto a la demanda del servicio, que al menos el diez por ciento (10%) de su matrícula estará disponible para niños y niñas con necesidades especiales o deficiencias en el desarrollo según definidos estos términos por los programas federales Head Start y/o el Child Care and Development Fund. El Programa para el Cuidado y Desarrollo del Niño elaborará un Plan Estratégico de Adiestramiento y un Sistema de Asistencia Técnica para el cuidado y desarrollo del niño inclusivos. La Administración para el Cuidado y Desarrollo del Niño establecerá acuerdos colaborativos con agencias gubernamentales y privadas que puedan colaborar en la implantación de esta ley. La administración desarrollará un plan de promoción y orientación con la Oficina de Licenciaciones del Departamento de la Familia con el propósito de fomentar más centros de cuidado y desarrollo inclusivos.
Plan Estratégico de Adiestramiento y Sistema de Asistencia Técnica para el cuidado y desarrollo del niño