Región judicial
(c) Administración de la región judicial.—
(3) Director Ejecutivo o Directora Ejecutiva Regional.— El Director Administrativo o la Directora Administrativa de los tribunales, previa recomendación del Juez Administrador o de la Jueza Administradora de cada región, nombrará un Director Ejecutivo o una Directora Ejecutiva Regional, quien tendrá, entre otras, las siguientes funciones: (D) Colaborar con el Juez Administrador o la Jueza Administradora de la Región Judicial en la preparación del plan de trabajo regional anual.
(E) Preparar la petición presupuestaria regional y, aprobada ésta por el Juez Administrador o la Jueza Administradora de la Región Judicial, someterla a la Oficina de Administración de los Tribunales.
(1) Plan de trabajo de la región
(2) Petición presupuestaria regional