Disposición Legal
Autoridad - Fondos y cuentas
La Autoridad establecerá, de acuerdo a los principios generalmente aceptados de contabilidad pública, el sistema de contabilidad requerido para el control y registro estadístico apropiado de todo gasto e ingreso perteneciente, manejado, o controlado por la Autoridad. La contabilidad de la Autoridad deberá mantenerse de manera tal que identifique y mantenga separadas apropiadamente, según sea aconsejable, las cuentas en cuanto a las distintas clases de empresas y actividades de la Autoridad.
Cita Legal
23 LPRA 3204
Tipo de información
Control y registro estadístico apropiado de todo gasto e ingreso perteneciente, manejado o controlado por la Autoridad
Funcionario Institucional
Secretario de la Autoridad de Transporte Marítimo
Funcionario o Programa Delegado
Secretario de la Autoridad de Transporte Marítimo