Disposición Legal
La Compañía, en consulta con el Secretario de Hacienda, establecerá el sistema de contabilidad que se requiera para el adecuado control y registro estadístico de todos los ingresos y gastos pertenecientes, administrados o controlados por ésta. Sus cuentas se llevarán en tal forma que puedan segregarse de acuerdo con las diferentes clases de actividades que lleva a cabo.
El Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico examinará, por lo menos una (1) vez al año, todas las cuentas y libros de la Compañía e informará el resultado de su examen a la Junta, al Gobernador y a la Asamblea Legislativa.
Cita Legal
23 LPRA 671i
Tipo de información
Control y registro estadístico de todos los gastos e ingresos pertenecientes a o administrados o controlados por la Autoridad
Funcionario Institucional
Junta de Directores de la Compañía de Turismo
Funcionario o Programa Delegado
Junta de Directores de la Compañía de Turismo