Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico - Facultades y deberes—Autoridad para el Manejo de Desperdicios Sólidos
(e) Comparará la información contenida en los manifiestos de la Junta de Calidad Ambiental con la contenida en los planes de reciclaje y disposición de los fabricantes, importadores y distribuidores, a los fines de determinar el grado de cumplimiento con los planes.
(h) Someterá, en conjunto con la Junta, un informe anual a la Asamblea Legislativa sobre la implantación de este capítulo. La Autoridad elaborará los indicadores apropiados para que este informe contenga datos que permitan medir el progreso de la política pública por este capítulo enunciada.
Informe sobre la implantación de este capítulo con los indicadores apropiados para que este informe contenga datos que permitan medir el progreso de la política pública por este capítulo enunciada.