Ley Núm. 42 de 16 de abril de 2012, según enmendada
Disposición Legal
Inspector General del Gobierno de Puerto Rico - Exención y exclusiones
La OIG estará exenta del pago de todos los impuestos, permisos, aranceles, tarifas, costos o contribuciones impuestas por el Gobierno de Puerto Rico o sus municipios.
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